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Diez gazapos legales en novelas de éxito

Fiscalidad y Legalidad

DIEZ GAZAPOS LEGALES EN NOVELAS DE ÉXITO

Estamos ya casi en periodo estival y, tras hablaros de seguridad social, impuestos y el sector editorial, os propongo un artículo algo más ligero sobre, en mi opinión, algunos gazapos en novelas muy conocidas, que tienen que ver con leyes, abogados y juicios. Espero que os guste y os animo a que comentéis cualquier otro gazapo “legal” que recordéis o que hayáis encontrado en lo último que estéis leyendo. ¡Vamos a por ello!

“Legítima defensa”, de John Grisham

Si hablamos de novelas sobre pleitos y abogados, no puede faltar John Grisham. En su novela “The Rainmaker”, titulada en castellano como “Legítima defensa”, el abogado recién licenciado Rudy Baylor se encuentra en su primer caso con un complicado litigio frente a una multinacional aseguradora, defendida por los mejores abogados del país, mientras que Baylor cuenta únicamente con el apoyo de su ayudante Deck Shifflet.

En la novela original en inglés, Shifflet es definido como un “paralegal” o, dicho de otro modo, una especie de asistente técnico cuyas tareas se mueven en el linde entre lo legal y lo puramente administrativo. Sin embargo, la figura del paralegal, a pesar de estar de moda hoy en los grandes despachos de abogados españoles (tan propensos a copiar todo lo anglosajón), no existe oficialmente en Derecho español. Quizá por ese motivo, Enric Tremps, encargado en su día de la traducción de la novela del inglés al castellano, decidió definir a Shifflet como un “procurador”, figura que sí existe oficialmente en nuestro Derecho, pero que tiene atribuidas funciones completamente distintas de las que acometería un paralegal.

“Harry Potter y la piedra filosofal”, de J.K. Rowling

Las historias de Harry Potter pueden parecer lo más alejado que existe del mundo jurídico, pero hasta en Hogwarts y el mundo mágico en general hay leyes que cumplir. Una de las normas que más se repiten no sólo en el primer libro, sino a lo largo de toda la saga, es la prohibición que se hace a los alumnos de hacer magia fuera de los límites de Hogwarts, so pena de fuerte sanción. Todos recordamos los enfados veraniegos de Harry en casa de sus tíos muggles y cómo, si Harry hacía magia casi sin querer, llegaba inmediatamente la famosa carta del Ministerio, notificando algo así como “Nos han informado de que usted ha realizado magia fuera del colegio Hogwarts de Magia y Hechicería, lo que supone una infracción del Decreto para la Prudente Limitación de la Magia en Menores de Edad…”.

Sin embargo, se dan multitud de situaciones en las que se infringe esa ley mágica y no sucede nada de nada. Algunos ejemplos de esta situación son los hechizos lumus de los protagonistas en el bosque, las ocasiones en que Hermione se jacta al inicio del nuevo curso de haber estado practicando hechizos durante el verano, la mención que hace la tía de Harry respecto de que su hermana, la madre de Harry, siempre practicaba magia en casa o aquella vez que Ron contó a Harry que con tres años rompió la varita de Fred por accidente y éste le castigó convirtiendo su oso de peluche en una araña gigante.

Nota: Este gazapo fue detectado originalmente por Álex Vivaut. Podéis consultar más gazapos detectados por él en este artículo.

“Minority Report”, de Philip K. Dick

Este “gazapo” no se aprecia tan sólo en el fantástico relato corto de Philip K. Dick, sino en la inmensa mayoría de la literatura de ciencia ficción. He querido poner en este caso la palabra “gazapo” entre comillas, porque las novelas en este caso no son más que un reflejo de dónde se dirige realmente la sociedad actual. Dick relata cómo, al entrar John Anderton en el metro, le asaltan diferentes imágenes publicitarias que, mediante la realidad aumentada, se dirigen a él en concreto, hablándole sobre productos que acaba de comprar, ofreciéndole otros relacionados con el mismo o sugiriéndole algunos nuevos. Pero, ¿cómo conjugar una escena de ese tipo (espectacular, por cierto) con la normativa en materia de protección de datos? ¿Es razonable que cualquiera que camine a tu lado por un centro comercial pueda enterarse de tus compras habituales, intereses, hobbies o incluso historial médico? Y, sin embargo, no deja de ser lo que ya hacen con nosotros gigantes como Google, Amazon o Samsung por poner un ejemplo.

Esta semana ha salido a la luz la millonaria oferta de Microsoft para la compra de Linkedin, por unos 23.000 millones de dólares. ¿Por qué paga Microsoft semejante cantidad por una red social profesional? Sin duda, Microsoft está comprando datos. El Big Data es una realidad hoy, que choca frontalmente contra la Ley Orgánica de Protección de Datos en España y normativa análoga en el resto de países. Visionarios como Philip K. Dick tienen claro cómo será la tecnología en el futuro cercano, pero nadie parece saber cómo encajará eso con las leyes que regulen nuestro derecho a la intimidad.

“El Código da Vinci”, de Dan Brown

Este best seller escrito por Dan Brown es conocido, además de la aventura de Robert Langdon, debido a la gran cantidad de gazapos que contiene, sin que pudiera faltar alguno que tuviera que ver con aspectos legales. En relación con las costumbres judías, Brown afirma en su novela que el celibato era delito en la cultura judía, que estaba penado por ley y por ese motivo Jesús estaba casado. Sin embargo, si bien para el judaísmo el celibato nunca tuvo la condición de un ideal (al contrario, pues se fomentaba la creación de los núcleos familiares a todos los niveles), jamás existió en la cultura judía una ley que condenara el celibato.

Los juicios en Estados Unidos

En general, las novelas que transcurren en territorio americano y en las que se relata el desarrollo de un juicio o se detallan sus consecuencias (“Matar a un ruiseñor”, “La tapadera”, “Homicidio en primer grado”, “Cadena perpetua”, etc. ), siguen el mismo patrón: un jurado popular, multitud de turnos de interrogatorio entre acusación y defensa, mucho público y grandes discursos de leyenda, pronunciados con vehemencia. Es habitual que los abogados griten, gesticulen y se paseen por la amplia estancia de la sala del juzgado como si fuera su escenario. También es común, para generar mayor dramatismo, la polémica decisión por mayoría, en la que un ciudadano, en el último balance, decanta la decisión de la mayoría del jurado. Sin embargo, la realidad es bien distinta, por supuesto en España, pero también en Estados Unidos.

Por ejemplo, aunque el Derecho norteamericano es mucho más casuístico que el nuestro y es más favorable a los procesos resueltos por jurados populares (con menos conocimientos jurídicos y con mayor riesgo de arbitrariedad en sus decisiones, por cierto), la realidad es que en la práctica no es tan común acabar siendo juzgado por un jurado popular. De hecho, según datos del Ministerio de Justicia norteamericano, la inmensa mayoría de los juicios por asuntos penales se resuelven antes de la vista, por desistimiento de alguna de las partes o acuerdo entre las mismas, o audiencia previa con el magistrado.

Por otro lado, es cierto que, según la Constitución de los Estados Unidos (Sexta Enmienda), una persona acusada de cualquier delito, excepto los valorables económicamente por muy baja cuantía, tiene derecho a un juicio por jurado. Éste es el jurado de juicio o jurado en primera instancia. Los jurados de primera instancia para casos penales se componen de doce ciudadanos que deben estar todos de acuerdo sobre la culpabilidad del acusado para que se le declare culpable. De esta manera, al menos en la teoría, debe quedar probado “fuera de toda duda razonable” que el acusado cometió el delito o delitos que se le imputan. Así que no es posible declarar culpable a un acusado si uno solo de los miembros del jurado lo declara inocente o no culpable.

Por último, es importante también tener en cuenta que el funcionamiento del mecanismo judicial norteamericano no es el mismo en todas las instancias. Así, el desarrollo de un juicio es distinto dependiendo de si se celebra en sede de la Corte Suprema, las Cortes de Apelación o los Tribunales de Distrito. Sin embargo, el estándar de un juicio americano que se describe en las novelas parece no tener en cuenta este aspecto, siguiendo siempre la misma pauta sea cual sea la sede judicial en la que se celebra.

Saga Canción de Hielo y Fuego: el juicio por combate

El juicio por combate que reclama Tyrion Lannister en el Nido de Águilas se ha hecho tan famoso que, en los últimos tiempos, hasta se ha dado el caso de un ciudadano americano (para más inri, abogado) que solicitó un juicio por combate a las Cortes de Nueva York.

Sin embargo, el juicio por combate, en el que dos contendientes luchan a muerte por la victoria en un litigio o desacuerdo grave, no es una idea inventada por George R.R. Martin, sino que ya existía en la Edad Media en Europa, practicado por los antiguos pueblos germánicos. Esta práctica se mantuvo durante toda la Edad Media en el Derecho germánico hasta que, con la generalizada incorporación en las distintas naciones de los principios del Derecho Romano y, posteriormente del Derecho anglosajón, se fue abandonando paulatinamente a lo largo del siglo XVI.

En las novelas de R.R. Martin aparecen varias alusiones a juicios por combate, además de la del enano. Sin embargo, uno no puede evitar preguntarse por qué Eddard Stark no apeló a ese derecho en su “incidente” (dejémoslo así para no hacer más grave el spoiler) al final del primer tomo de la saga, Juego de Tronos. Al contrario, prefirió confesar un delito que no había cometido a cambio de obtener el permiso para servir en la Guardia de la Noche. Es cierto que Ned sufre el chantaje respecto de su hija Sansa pero, tratándose de un hombre de honor con unas convicciones tan profundas y al que se le supone un excepcional manejo de las armas a pesar de sus años, esta opción ni siquiera es planteada por el protagonista.

Vamos a pensar que, como sucesor de Reyes en el Norte, Ned creía en los antiguos dioses y no en los nuevos, a los que se apelaba en el juicio por combate. Quizá se trate de eso. Al fin y al cabo, como el propio Eddard solía decir: “Toda justicia emana del Rey”.

Hombres buenos, de Arturo Pérez Reverte

En su novela Hombres Buenos, publicada el año pasado, Pérez-Reverte se refiere a una serie de leyes dictadas por el Rey Carlos III y publicadas en la Gazeta de Madrid. En un artículo escrito por él mismo, el autor se queja de la carta recibida de un lector señalándole que, en la época de Carlos III, no se publicó ninguna ley en la Gazeta de Madrid. Pérez-Reverte se defiende alegando que, si se echa un vistazo a la colección de la Gazeta de 1784, se pueden apreciar hasta veintiuna disposiciones reales diversas. Pues bien, no me he podido resistir a hacer la consulta. Por si os interesa, el enlace al Boletín Oficial del Estado que contiene la colección de la Gazeta de Madrid es este.

Si accedéis al enlace podréis comprobar que efectivamente hay numerosas disposiciones reales ese año, como edictos, enmiendas y providencias varias, pero ninguna de ellas tiene rango de Ley. En el artículo antes referido, el escritor acaba diciendo que el lector sería más “inteligente” si entendiera que “una novela o un artículo de folio y medio no son lugar idóneo para explicar diferencias entre leyes, cédulas y decretos reales del XVIII”. Claro, porque los lectores además de pesados son tontos. Pero puede que este tuviera razón.

Harry Potter y el prisionero de Azkabán

Hemos de volver a Harry Potter para encontrar un nuevo fallo judicial en una novela. En esta entrega de la saga, se relata cómo Sirius Black escapa de su encarcelamiento en Azkabán y se descubren los motivos que lo llevaron a la cárcel, al ser acusado de asesinar a Peter Pettigrew tras una traición del propio Peter, que escapa convertido en rata gracias a su condición de animago. Tras un juicio rápido, en el que Sirius no puede probar que él no es un asesino, es encarcelado por el Ministerio de Magia.

Vamos a suponer que Sirius es un mago tan bueno que ningún juez tiene capacidad mágica suficiente como para leer su mente con un hechizo “Legeremens” y descubrir la verdad. Aun así, ¿por qué a nadie se le ocurrió examinar su varita mediante el hechizo “Priori Incantatem” y comprobar si efectivamente el último encantamiento de su varita había sido un “Avada Kedavra”? A veces la Justicia mágica puede ser tan torpe como la Justicia muggle.

El paraíso en la otra esquina, de Mario Vargas Llosa

En esta novela ambientada en el siglo XIX, la protagonista, Flora Tristán, defiende los derechos de la mujer y de los obreros con el objetivo de alcanzar una normativa laboral que permita la igualdad entre hombres y mujeres, a la vez que acortar la brecha social entre ricos y pobres. En un determinado pasaje, que hace referencia a la condición legal de los asistentes a una de sus reuniones, el autor escribe: “Más grave que el número de oyentes era su composición social. Desde el proscenio, decorado con un jarroncito de flores y una pared llena de símbolos masónicos, mientras Monsieur Lagrange la presentaba, Flora descubrió que tres cuartas partes de los asistentes eran patrones y sólo un tercio obreros”.

Este lapsus al clasificar a los asistentes tan sólo podría haberse salvado si algunos de los asistentes fueran patrones y obreros a la vez, lo que resultaba imposible en la época.

Robinson Crusoe, de Daniel Defoe

Cuando el joven inglés Robinson Crusoe se embarca en un largo viaje como marinero a bordo de un barco de negocios, en contra de los deseos de su padre, quien insistía en que fuera abogado, no podía imaginar que iba a pasar veintiocho largos años en una isla desierta. Crusoe embarca a los 18 años en York, a mediados del siglo XVI y no embarca de vuelta a Inglaterra hasta 1686. En el epílogo de la novela, se relata cómo Crusoe descubre que sus padres han muerto, aunque aún viven su hermana y sus sobrinos. Con el tiempo, se casa y tiene hijos. Vamos, que todo está lo relativamente “normal” que cabría esperar.

Sin embargo, nada se dice sobre el calvario administrativo que debió pasar para volver a ser declarado vivo, pues con toda seguridad la ley vigente en Inglaterra en el siglo XVII habría declarado su “muerte presunta”, tras más de veintiocho años desaparecido. Esa figura legal aún existe hoy en día en Derecho anglosajón, aunque con requisitos legales muy distintos a los de hace más de trescientos años.

Extra: El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española también contiene gazapos legales

En efecto, como última curiosidad, la RAE se refiere a la figura del “antejuicio” en tiempo pasado, de la siguiente manera: “Der. Trámite previo que se establecía como garantía en favor de los jueces y magistrados y en el que se decidía si había lugar o no a proceder criminalmente contra ellos por razón de su cargo”. Olvida la RAE que aunque, en efecto, se trata de un trámite prácticamente desaparecido, el antejuicio aún continúa vigente en los sistemas legales de varios países en América Central y Suramérica, como Guatemala y Perú.

 

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