Nieves Muñoz

Cómo identificar y superar el leísmo

Ortografía y Gramática

Cómo identificar y superar el leísmo

Igual a muchos os sorprende que escriba un artículo sobre el leísmo. Soy consciente de que en la mayor parte de las regiones castellano-parlantes, el problema del leísmo no existe, pero yo he nacido en una zona «leísta» por definición. Me cuesta mucho no meter la pata, así que, principalmente, escribo este artículo para mí, y si a alguien también le sirve pues estupendo.

Definición de leísmo:

Se considera leísmo al uso indebido de la forma le(s) (formas que se refieren al complemento indirecto) cuando se utilizan para señalar al complemento directo lo(s)/la(s).

Pero este cuadro que parece tan sencillo no lo es tanto dependiendo del verbo que utilicemos en la oración. Los verbos y construcciones verbales que dan lugar a confusión entre los complementos directos e indirectos son:

1-Verbos de afección psíquica: afectar, asustar, asombrar, convencer, divertir…

2- Verbos de influencia: autorizar, ordenar, invitar, permitir…

3- Verbos de percepción: Ver y oír

4- Oraciones impersonales con «se».

5- Verbos construidos con complemento directo de cosa e indirecto de persona.

Empecemos, entonces a desenmarañarlos uno por uno.

El dativo y el discursivo

Esperad, esperad… Antes de comenzar a enumerar, un inciso. ¿Sabéis qué son las formas dativas y causativas? Porque en muchos sitios las nombran y no es más que…

Dativo– Se refiere al objeto indirecto que completa la significación del predicado indicando con quién se relaciona indirectamente la acción verbal, de modo que ese objeto indirecto reciba provecho o daño de la acción en cuestión.

Acusativo– El acusativo es el caso que se utiliza para designar el objetivo primero o el resultado de la acción verbal. O sea, el complemento directo de la oración.

Podéis ampliar la información aquí

1º- Verbos de afección psíquica

Son los que expresan alteraciones del ánimo en las personas y provocan reacciones emotivas. Dependiendo del sentido de la frase, admiten los dos tipos de pronombres (dativo y acusativo). ¿Y cómo puede cambiar un pronombre lo que significa la oración?

Como todo lo que tiene que ver con los sentimientos y emociones, depende de lo que el sujeto se implique en la acción. Vamos a poner un ejemplo:

Tomemos esta oración:

A la princesa de los labios de fresa la molesta el trovador enamorado.

(O sea, que el trovador está molestando intencionadamente a la princesa con sus afectos. ¿Le cantará canciones de reaggeton sin darse cuenta que la princesa es rockera hasta la médula?). La consecuencia directa de la actuación del trovador es la molestia de la princesa.

A la princesa de los labios de fresa le molesta el trovador enamorado.

(Pobre trovador. La princesa no le traga, ni a él, ni a sus canciones. A todos nos ha pasado alguna vez lo del desamor a primera vista). El trovador aquí no hace nada. Esa molestia no es consecuencia directa de su actuación así que la princesa es tratada como un complemento indirecto.

A la princesa de los labios de fresa le molesta escuchar palabras de amor.

(Ay, ay… ¡Qué tendrá la princesa en contra de las palabras de amor! Es un sujeto carente de voluntad propia. Las palabras de amor no tienen intenciones ocultas por sí solas). Aquí es más fácil ver que la princesa es el complemento indirecto de la oración.

2º- Verbos de influencia

Son los que expresan acciones que tienen como objetivo influir en un sujeto para que realice algo determinado. Su construcción sigue este esquema: verbo de influencia + complemento de persona + verbo subordinado (en infinitivo o precedido de «que», o un nombre de acción). Ejemplo:

Le aconsejo que repita el examen.

Le aconsejo repetir el examen.

Le aconsejo la repetición del examen.

En este tipo de construcciones, el complemente de persona es indirecto (le) como vemos en el ejemplo. Pero en este otro tipo de construcciones verbales: incitar a/ invitar a/ convencer a… etc, es directo.

Ejemplo:

La invito a que repita el examen.

2.1 Verbos hacer y dejar.

En este caso, cuando estos verbos toman el significado de «obligar» y «permitir», la estructura es la misma que con los verbos de influencia, pero dependiendo de que el verbo subordinado sea transitivo o intransitivo, el complemento es directo o indirecto.

Inciso… ¿Y qué es un verbo transitivo o intransitivo?

Verbos transitivos: aquellos que admiten complementos directos (comprar, mirar, leer, coger…) Ejem: Carla compra pan. (El pan es comprado por Carla) Carla lo compra.

Verbos intransitivos: aquellos que no pueden ir acompañados de complemento directo (nadar, huir, sonreír, jugar) Ejem: Carla gritó a la muchacha. 

¿Qué sería lo correcto? Carla le gritó. (La muchacha es complemento indirecto, por lo que lo correcto es sustituirlo por «le»).No podemos usar «Carla la gritó». (¿La muchacha es gritada por Carla? Como que no suena muy bien, ¿no?)

Si el verbo subordinado que acompaña a hacer y dejar es intransitivo, tienden a construirse con complemento directo. Ejem: El chico la hizo sonreír.

Y si es transitivo, con complemento indirecto. Ejem: Le dejé comprar ese juguete.

3º- Verbos de percepción (ver y oír)

3.1- Cuando estos dos verbos se construyen con un complemento de persona y una oración de infinitivo en función de complemento predicativo, ese complemento de persona es directo.

Inciso… ¿Y qué es una oración de infinitivo en función de complemento predicativo? Un complemento predicativo es aquel que tiene una función simultánea como atributo de un sustantivo o pronombre (nos aporta información adicional) y como complemento circunstancial de modo.

Ejem: Los vieron discutir. En este caso, discutir cumple la función de complemento predicativo porque funciona como atributo del pronombre y complemento circunstancial de modo.

Nadie la oyó gritar. Gritar funciona como complemento predicativo como en el caso anterior.

3.2- Cuando el infinitivo es un verbo transitivo y ya lleva un complemento directo, el complemento de persona puede ser indirecto.

Ejem: Le vi servir una ensalada. «Una ensalada» ya funciona como complemento directo, por lo que el complemento de persona es «les» (CI).

4ª- Oraciones impersonales con «se»

Se acepta que, cuando el complemento directo es una persona de sexo masculino, se refiera a él con el pronombre le/les, y no con los pronombres lo/los, que serían los indicados. Por ese motivo, en la oraciones impersonales, se construye de la misma manera.

Ejem: Se le veía muy contento.

Se la veía muy contenta. (Aquí vemos que no ocurre igual cuando se trata de una persona de sexo femenino, donde sí es correcto el uso de «la»).

5º- Verbos construidos con complemento directo de cosa e indirecto de persona

En este caso, a veces se omite el complemento directo si se sobreentiendo. ¿Qué pasa entonces con el indirecto de persona? Todo depende de la conversión a pasiva y de que no cambie el significado de la frase.

Veamos un ejemplo para enterarnos mejor:

Abrí la puerta (CD) al cartero (CI).

Abrí al cartero.

Le abrí. (Es imposible decir: el cartero fue abierto por mí. Lo sería si yo fuera un asesino en serie, pero no es el caso).

El cirujano cosió la herida al paciente.

El cirujano cosió al paciente.

El cirujano lo cosió. (Aquí sí que admite el complemento directo sin que la frase pierda sentido).

Podéis ampliar este tema aquí

Y hasta aquí estas pequeñas pinceladas sobre uno de los temas más controvertidos de la lengua, sobre todo para las zonas leístas. Espero que os haya servido de ayuda. Pero si te queda alguna duda, ¡escríbenos! Intentaremos solucionartela lo antes posible.

Nieves Muñoz

2 Comentarios

  1. Enrique

    Muchas gracias por el artículo. Completísimo y muy aclarador

    Responder
  2. Sam

    «Tócate los pies, cualquiera entiende a Nieves».

    Tócatelos… cualquiera la entiende. (Ambos directo).

    ¿Correcto?

    Casi me he convertido en profesor con tu explicación.
    Jajaja…

    Responder

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